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La
sentencia el Tribunal Constitucional (TC) que ordena al Instituto Dominicano de
Aviación Civil (IDAC) la entrega de la
nómina de servidores y funcionarios, es una situación felizmente superada en la
presente gestión de esta institución.
Así
se destaca en un despacho de prensa de la Dirección de Comunicaciones y
Relaciones Públicas del IDAC, en el que
se comenta la sentencia 052-2013 del Tribunal Constitucional que anula una
anterior de la Suprema Corte de Justicia.
Reportes
periodísticos presentan, entre otros, el caso de la sentencia del TC que ordena
al IDAC la entrega a la Asociación de Pilotos, los nombres y empleados de la
institución, con interés jurídico.
Se
explica en el parte de prensa, que la
asociación de pilotos tramitó la solicitud de la nómina del IDAC a la pasada
gestión, solicitud a la cual dio cumplimiento la administración encabezada por
el doctor Alejandro Herrera, e incluso
es de dominio público, pues se publica en el portal del instituto
www.idac.gob.do.
En
consonancia con el espíritu de la decisión del TC y de la Ley 200-04, de Libre
Acceso a la Información Pública, la
actual administración del IDAC ha creado
la Dirección de Transparencia y Atención Ciudadana (TAC), a través de la cual
se pueden tramitar las gestiones y
solicitudes de servicios operativos, consultas, reclamos, sugerencias,
incluyendo los datos amparados en la ley de acceso a la información pública.
Razona
el TC, que “los datos que contiene la nómina no constituyen informaciones
reservadas”, argumentos que comparte la dirección del IDAC, publicándola en su página
en la web y poniendo a disposición de los ciudadanos una oficina especializada
en donde se brinda atención de calidad
en sus productos y servicios.
Se
explica también, que la ordenanza de la sentencia está debidamente superada por
las relaciones armoniosas predominantes entre la directiva de la asociación de pilotos
y la dirección del Instituto Dominicano de Aviación Civil.

