El Procurador General de la República Radhamés Jiménez Peña afirmó que este lunes se vencerá el plazo constitucional para el conocimiento del proyecto de ley sobre el Consejo Superior Del Ministerio Público, Por lo que ordenó la instalación de un Consejo provisional, integrado de conformidad con las reglas establecidas por la Constitución, “es decir, integrado por miembros que han sido elegidos por sus respectivos pares”. El planteamiento de Jiménez Peña está contenido en las cartas las cartas 3193 y 3194, dirigidas a los presidentes de la Cámara de Diputados y de la Comisión de Estudio del Proyecto de Ley sobre el Consejo Superior del Ministerio Público, Julio César Valentín y Minú Tavárez Mirabal.
No obstante, habloó la cercanía del vencimiento del plazo constitucional para conocer el proyecto de ley sobre el Consejo Superior del Ministerio Público no implica necesariamente que se deba tener más prisa que la que aconseja la prudencia para regular su funcionamiento y organización.
“Ello así porque anticipándonos al inminente agotamiento del plazo, impulsamos, en aplicación de la Constitución, la instalación de un Consejo Superior del Ministerio Público, a título provisional, pero integrado de conformidad con las reglas establecidas por la Constitución, es decir, integrado por miembros que han sido elegidos por sus respectivos pares”, explica el procurador en las cartas 3193 y 3194, dirigidas a los presidentes de la Cámara de Diputados y de la Comisión de Estudio del Proyecto de Ley sobre el Consejo Superior del Ministerio Público, licenciados Julio César Valentín y Minú Tavárez Mirabal.
“A la hora de cumplir con esa sagrada misión es que apelamos, por su intermedio, a los honorables diputados y diputadas, para que brinden su apoyo a nuestro esfuerzo de dotar al Ministerio Público de una normativa que le permita consolidar los notables logros alcanzados en la implementación de la carrera del Ministerio Público, fortalecer su capacidad de respuesta con un nuevo modelo de organización y atender adecuadamente las distintas misiones que le atribuye el artículo 169 de la carta sustantiva”, expresa.


Radhamés Jiménez Peña